Derecho de la competencia economica
In: Revista de relaciones internacionales, Heft 89, S. 149-150
ISSN: 0185-0814
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In: Revista de relaciones internacionales, Heft 89, S. 149-150
ISSN: 0185-0814
In: Cuadernos del Centro de Estudios de Diseño y Comunicación, Heft 128
ISSN: 1853-3523
Se analiza el nacimiento del fenómeno de los influencers dentro de la publicidad ligada a redes sociales y tecnología y su necesaria regulación por parte del Derecho. Se presenta la importancia de delimitar y definir cuándo la promoción de un producto a través de estos influencers, es pagada o no y las consecuencias jurídicas para el libre mercado y los consumidores de ello.
En este artículo su autor analiza el tema de la cadena alimentaria y el derecho de la competencia, señalando cómo ha evolucionado este tema en el seno de la UE desde que en el Tratado de Roma se reconociera la "excepción agraria" hasta la actualidad. Describe cómo se ha planteado en la legislación española la regulación de la cadena alimentaria, desde la Ley de 2013 hasta las reformas legislativas introducidas en el año 2020 como respuesta a las reivindicaciones de los agricultores. Finalmente, plantea las dificultades de hacer operativa la inclusión de los "costes de producción" en los contratos entre los productores y los demás actores de la cadena alimentaria. ; Peer reviewed
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In: Derecho de la competencia europeo y español 1
In: Colección estudios internacionales 20
In: Monografías
The text intends to review the international literature on the legal notion of compliance and the way in which it impacts competition law. For this, through an analytical and comparative methodology, the way in which this new institution has been implemented in the competition law of France and in the European Union is analyzed. It follows that, in both cases, US law has had a decisive influence on the transformation of the conception of legal compliance. The institution starts from understanding that the effectiveness of the norm means that it is effectively respected and that respect is not taken for granted, but is presented as a challenge for authorities and companies. It is found that knowledge and dissemination of the ideas involved in the legal notion of compliance can be useful in Colombia as it provides competition authorities and companies with new legal tools with a view to promoting and protecting the existence of competitive markets . ; El texto se propone revisar la literatura internacional sobre la noción jurídica de compliance y la manera en la que ella impacta el derecho de la competencia. Para ello, a través de una metodología analítica y comparativa se analiza la forma en la que esa nueva institución se ha venido implementado en el derecho de la competencia de Francia y en la Unión Europea. De allí se desprende que, en los dos casos, la legislación norteamericana ha tenido una influencia determinante en la trasformación de la concepción del cumplimiento normativo. La institución parte de entender que la eficacia de la norma supone que elle sea efectivamente respetada y ese respeto no se da por adquirido, sino que se plantea como un reto para autoridades y empresas. Se concluye que el conocimiento y la difusión de las ideas que comporta la noción jurídica de compliance puede ser de utilidad en Colombia, pues ella proporciona a empresas y autoridades de la competencia nuevas herramientas jurídicas con miras a fomentar y proteger la existencia de mercados competitivos.
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En este artículo se estudian los principios básicos que subyacen detrás de los procedimientos de control de operaciones de concentración económica aplicados en el marco del derecho de la competencia. Se analizan así las principales características que deben tener las transacciones para ser consideradas como operaciones de concentración, y los principales problemas de competencia que pueden generar según el tipo de concentración que sea. Se estudian también las principales atenuantes y remedios que existen para dichos problemas, y se revé la experiencia comparada en seis jurisdicciones: Estados Unidos, Unión Europea, México y la Argentina. ABSTRACT In this article we study the basic principles behind the procedures of merger control applied in the framework of competition law. We therefore analyze the main characteristics of transactions in order to be considered as mergers or acquisitions, and the main competition problems that may arise depending on the type of merger under review. We also study the main defenses and remedies that exist for those problems, and we compare the experience of six different jurisdictions that have implemented merger control procedures: United States, European Union, Mexico and Argentina.
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In: Anuario de derecho: Universidad de Panamá, revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Política, Centro de Investigación Jurídica : órgano informativo de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Panamá, Heft 53, S. 120-130
ISSN: 2953-299X
En este artículo vemos como el Liberalismo es el que fundamento las codificaciones del orden ideológico y socioeconómico del siglo XIX, en donde el Estado asuma una postura diferente ante la economía de mercado debido a los cambios surgido. Causando el abandonó del iusnaturalismo que da lugar al positivismo del Derecho Estatal.
Entre los objetivos de la investigación tenemos el que podamos establecer que la libertad y la igualdad no se dieron de manera espontánea, sino que vienen a ser un deber ser. Se buscará la realización de la justicia a través del Derecho Privado, el cual no debe limitarse la actividad individual a través del Estado Social, representa una escisión entre el Estado y la sociedad.
El análisis histórico- doctrinal del tema lo hicimos utilizando el método inductivo. Entre los resultados de esta tenemos que el Capitalismo Liberal es reemplazado por el neocapitalismo, que se caracteriza por la intervención del Estado en la consecución de una política económica diferente. Sin duda esta coyuntura histórica viene a crear un ánimo de tensión e incertidumbre en principio entre el sector empresarial y los poderes, la Constitución consagra la función social de la propiedad, en igual forma se promueva la función social de la actividad empresarial. La finalidad de este estudio pretende someter los intereses sociales sobre los intereses particulares del Derecho Privado de la "autonomía de la Voluntad", para procurar el beneficio de los intereses de toda la sociedad.
Es innegable la preponderancia que ha adquirido la economía de mercado en el mundo moderno; toda vez que ha sido el sistema adoptado por la mayoría de los países del siglo XX y XXI. Por otra parte, no es menos cierto que en el marco de un Estado Social de Derecho, el mercado tiene un papel trascendental en la consecución del bienestar general. Así las cosas, la intervención del Estado en la economía se justifica en la medida en que el comportamiento individual de cada agente económico tratando de maximizar sus beneficios se contraponga al bienestar social. En ese orden de ideas, el derecho de la competencia se constituye en una herramienta con la que cuenta el Estado para corregir fallas del mercado que no estén acordes con su papel económico y político. Desde esa perspectiva el presente artículo analiza la figura de los precios excesivos en el derecho de la competencia colombiano. Al respecto es importante mencionar que dicha facultad ha generado grandes controversias en las diversas jurisdicciones que la contemplan; ya que tiene la potencialidad de sustituir al mercado como instrumento de asignación de los recursos de la sociedad, pues se acerca a la regulación de precios. Por lo tanto, este artículo estudia los casos en los cuales la Superintendencia de Industria y Comercio (en adelante SIC) abordó dicha facultad contemplada en el artículo 1 de la Ley 155 de 1959. Lo anterior con el propósito de conocer cuál ha sido el tratamiento que la autoridad de competencia colombiana le ha dado a esta facultad y si dicho tratamiento está acorde con el sistema de economía de mercado. ABSTRACT It is undeniable the preponderance that the market economy has acquired in the modern world, since this system has been adopted by most countries in the 20th and 21st century. Moreover, it is no less true that in the context of a Social State under the rule of law, the market has a significant role in achieving general welfare. So, government intervention in the economy is justified when the individual behavior of each market agent seeking to maximize their profits is in conflict with the social welfare. Thus, Competition Law is a tool available to the State in order to correct market failures that are not commensurate with its economic and political role. From that perspective, this paper analyzes the figure of excessive prices in the Colombian Competition Law. In this regard it is important to mention that this faculty has been controversial in the various jurisdictions where it exists, because it has the potential to replace the market as an instrument for allocating resources of society, as it approaches to price regulation. Therefore, this paper studies the cases in which the Superintendence of Industry and Trade (hereinafter SIC) addressed this faculty under Article 1 of Law 155 of 1959. This in order to know the treatment that the Colombian Competition Authority has given to this faculty and if such treatment is in line with the market economy system.
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In: Monografías
In: Monografías
In: Estudios de Deusto, Band 63, Heft 1, S. 157
ISSN: 2386-9062
<p>La autoridad de competencia (antitrust) estadounidense está descentralizada, a diferencia de la mayoría de los países. Los particulares, las agencias estatales, y dos agencias federales hacen cumplir la ley de competencia tanto en el nivel estatal como federal. La ejecución privada y federal era una decisión deliberada por el Congreso, mientras el poder compartido entre el gobierno estatal y federal es natural en un sistema federalista. Sin embargo, la descentralización del gobierno federal es más una consecuencia de la historia judicial y legislativa que una intención.</p><p>El objetivo de este trabajo es explicar a las agencias legales internacionales cómo y por qué el sistema estadounidense de derecho de la competencia está descentralizado. Ello cubrirá la naturaleza de los agentes estatales, federales y privados en la ejecución del derecho de la competencia.</p>
The exemptions to the Competition rules have been one of the main points of discussion of the 2013's CAP reform. The analysis of the Commission proposal and the debates at the European Parliament show one of the legislator's goals, which consist on strengthening the bargain power of the producers in order to guarantee a fair competition and a better distribution of the added value throughout the food chain. ; Las excepciones a las normas de la competencia han sido uno de los puntos principales de debate de la reforma de la PAC 2013. El análisis de las propuestas de la Comisión y de los debates en el Parlamento ponen de manifiesto uno de los retos sectoriales del legislador: el fortalecimiento del poder de negociación de la oferta para lograr unas mejores condiciones de competencia en el sector y una mejor distribución de la renta.The exemptions to the Competition rules have been one of the main points of discussion of the 2013's CAP reform. The analysis of the Commission proposal and the debates at the European Parliament show one of the legislator's goals, which consist on strengthening the bargain power of the producers in order to guarantee a fair competition and a better distribution of the added value throughout the food chain.
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In: Universitas. Ciencias jurídicas y socioeconómicas / Pontificia Universidad Javeriana, Facultad de Ciencias Juridicas y Socioeconomicas, Band 72
ISSN: 2011-1711
El derecho de la competencia busca la protección del libre mercado a través del establecimiento de normas que garanticen la libre competencia económica. Dentro de las herramientas con las que cuentan las autoridades de competencia en el mundo se encuentran los procesos administrativos sancionatorios en los que estas pueden decretar medidas cautelares con el propósito de realizar una intervención a priori para interrumpir la ejecución de conductas anticompetitivas.
El objetivo del presente artículo es definir y caracterizar las medidas cautelares en materia de competencia, partiendo de la revisión de su regulación legal en la Unión Europea, España, Francia y México, para luego focalizar el análisis en el desarrollo de estas en Colombia, desde su introducción en 1992 hasta 2022. Lo anterior, por medio del examen del régimen legal vigente y el estudio de los cinco casos en que la Superintendencia de Industria y Comercio ha decretado medidas cautelares en procesos de prácticas restrictivas de la competencia. Finalmente, se presentarán algunos retos que, a nivel normativo, deben ser revisados por el Congreso de la República.